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CORTE CONSTITUCIONAL DEFINE QUE PRESTACIóN DE SERVICIO

|11 de Diciembre de 2018

   

Corte Constitucional Ordena Pagar Prestaciones Sociales a trabajadores Contratados por Prestación de Servicios, según Sentencia SU 040 de 2018, de la Corte Constitucional constata que contratos de prestación de servicios simulan el contrato de trabajo, porque los trabajadores deben cumplir horario y órdenes, es decir existe la subordinación, se debe pagar las prestaciones sociales y existe el contrato realidad.

Precisa la Corte que se trata de una problemática que viven los trabajadores colombianos, que son vinculados por medio de la figura de contrato de prestación de servicio con el objetivo exclusivo del patrono de ahorrarse el pago de las prestaciones sociales y las vacaciones.

Ésta política de precarización y tercerización es aplicada por propietarios de empresas tramposos que buscan formas de simulación del contrato de trabajo para tumbarle los derechos laborales a los trabajadores argumentando que están cumpliendo con la ley y se enriquecen aún más bajando el nivel de ingresos y de vida de los trabajadores y familias.

Para que los empresarios no sigan robando nuestros derechos, invitamos a los trabajadores tercerizados a organizarse y luchar para lograr el contrato directo e indefinido.

Javier Correa

Secretaría de Comunicación
Junta Directiva Nacional de Sinaltrainal

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